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Sin gluten, sin dudas: claves para etiquetar correctamente

portada gluten free para blog

En la actualidad, entre el 1%y el 2% de la población española es celíaca, pero hay datos que apuntan a que el 75% de los celíacos en Europa estarían infradiagnosticados. Es decir, no sabrían que padecen esta enfermedad. Dada la relevancia y prevalencia de la misma, es preciso que los fabricantes de productos alimentarios tengan en cuenta la importancia de las declaraciones “sin gluten” en sus envases.

Consulta la Guía de ayuda

La AESAN dispone de una guía muy completa, editada en 2024, donde se resuelven los principales casos y supuestos en los que deberían figurar estas declaraciones y en qué formatos. Acceso a la guía

Principales normativas “sin gluten”

Actualmente existe un etiquetado voluntario y uno obligatorio, que desgranamos a continuación:

  • El obligatorio (Reglamento (UE) nº 1169/2011) hace referencia a cualquier tipo de alérgeno, indicando que los productos que contengan alguno de los 14 alérgenos de declaración obligatoria deben hacerlo constar tipográficamente en el envase.
  • El voluntario (Reglamento (UE) nº 828/2014) hace alusión a la posibilidad de usar la declaración “sin gluten” en aquellos casos en los que el producto no contenga más de 20 mg/kg o “muy bajo en gluten” si no supera los 100 mg/kg.

¿Cómo podemos señalar la presencia de estos alérgenos? 

Incluyendo una mención destacada, por ejemplo, en negrita, en el listado de ingredientes. Aquí tienes un ejemplo:

Ingredientes: Copos de avena 38 %, harina integral de trigo 16 %, pepitas de chocolate negro 15 % (azúcar, pasta de cacao, dextrosa, manteca de cacao, emulgente (lecitina de soja), aceite vegetal (girasol alto oleico) 14 %, azúcar, jarabe de glucosa, gasificantes (carbonato ácido de sodio), sal.

Etiqueta barrita frutos secos

En Puntes Packaging Partners nos gusta ir un paso por delante. Sabemos que en muchos proyectos nos enfrentamos al desafío de incluir una gran cantidad de información legal en espacios reducidos. Además, para garantizar una impresión de calidad, es imprescindible que los textos tengan un grosor mínimo, lo que puede dificultar la distinción entre el texto normal y el destacado en negrita. Por eso, anticipándonos a posibles problemas, proponemos resaltar los alérgenos en mayúsculas: una solución sencilla que mejora la legibilidad para el consumidor y optimiza el proceso de impresión.

¿Qué no está permitido? 

🚫 No estaría permitido usar expresiones como “libre de gluten” o “no contiene gluten” si ese es el caso, ya que NO son expresiones admitidas por la legislación. La normativa siempre busca ser lo más clara y práctica posible para el usuario, de modo que han de evitarse todas aquellas afirmaciones que puedan inducir a error. Por ejemplo, tampoco podría incluirse la mención “sin gluten” en alimentos que no contengan gluten de forma natural.  ¿Por qué? Porque se estaría insinuando unas características especiales que en realidad ese producto no tiene, ya que es igual al resto de productos de su categoría.

¿Y qué pasa con las <<trazas>> de gluten? 

Su declaración actualmente no está regulada, por lo que se considera responsabilidad del productor. Si al ejecutar controles de calidad, detecta la posibilidad de que exista contaminación cruzada, entonces deberá hacerlo constar en la etiqueta. Es lo que se llama Etiquetado Precautorio de Alérgenos (EPA).

productos que contienen gluten

¿Qué industrias deberían estar especialmente atentas en sus declaraciones de alérgenos? Las que elaboran productos dulces como pastelería y bollería, pan, productos preparados y precocinados (porque a veces contienen gluten como aditivo o espesante), snacks, galletas o cereales, bebidas fermentadas o productos a granel (en este caso es especialmente difícil controlar la contaminación cruzada).

Símbolo “sin gluten”

espiga barrada ELS

La Espiga Barrada (ELS) es un símbolo registrado por la Asociación de Sociedades de Celíacos de Europa (AOECS). Es ampliamente reconocido a nivel internacional y está certificado para identificar alimentos sin gluten aptos para el consumo de personas celíacas. Visualmente consta de una espiga de trigo tachada en diagonal.

Para poder obtenerla, las empresas deben ponerse en contacto con la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE) y aportar la documentación correspondiente. Solamente con la autorización oficial, el fabricante podrá incorporar este símbolo en el envase.

Si estás interesado en cómo conseguirla, puedes consultar aquí el paso a paso.

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